Extracto sentencia tribunales de Ética

1948

En causa ética seguidas en contra del Dr. FERNANDO OLAVARRIA MORAL el Tribunal Regional de Ética de Coyhaique, consideró suficientemente  acreditados los hechos denunciados por el Dr. Marco Gonzalez Aguirre, de haber hecho firmar a una paciente bajo engaño un reclamo en su contra y de haber sugerido e instado  a otro paciente, en el ámbito de una consulta ordenada por la COMPIN  del cual es miembro del comité médico,  de ejercer acciones en su contra por supuesta negligencia médica y ofrecer abogados para tal fin,  conductas que el tribunal considera vulneró los artículos 61, 62 incisos 2 y 3 y 64  del Código de Ética y acordó por unanimidad aplicar al denunciado la sanción prevista en el artículo 77 letra B del Código de Ética, esto es, CENSURA.- El Tribunal Nacional de Ética, conociendo de la apelación interpuesta por el Dr. Olavarría y por estimar que los hechos en que se fundamentó el fallo se encuentran acreditados en autos en forma clara y contundente, confirmó la sanción impuesta por el Tribunal de 1ª Instancia, previendo que los doctores René Muga Muga y Lionel Bernier Villarroel,  estuvieron por aumentar la pena.  Secretario.