Acuerdos Sesión N°034 Ordinaria de H. Consejo Nacional celebrada viernes 07 de julio 2023
ACUERDO N°242 Se aprueba acta anterior de sesión ordinaria N°33, del H. Consejo Nacional celebrada 9 junio del 2023, por la unanimidad de los votos (22 votos).
ACUERDO N°243 De conformidad con lo señalado por el artículo segundo transitorio de los Estatutos, el H. Consejo Nacional ha procedido a elegir a los integrantes de la Comisión Revisora de Cuentas establecida en los artículo 42 y 43 de los Estatutos de nuestra Orden, con el siguiente resultado:
- Dra. Rebeca Paiva Reinero (26 votos),
- Dra. Lonit Rosemblum Kirshbom (19 votos)
- Dr. Helmuth Goecke Sariego (18 votos)
- Dr. Francisco Berger Dempster (12votos)
- Dr. Alex Arroyo Larrondo (6 votos)
Por consiguiente, han resultado elegidos los doctores Paiva, Rosemblut y Goecke, quienes durarán uno, dos y tres años en el cargo, respectivamente.
ACUERDO N°244 Por 26 votos a favor, 2 en contra y una abstención, el HCN acuerda emitir la siguiente “Declaración pública del H. Consejo Nacional del Colegio Médico sobre situación de Isapres”:
Desde el Colegio Médico de Chile vemos con preocupación que el problema de las Isapres ha pasado a segundo plano en la contingencia nacional, debido a otros problemas políticos que han tomado protagonismo en el último tiempo, a pesar de que aún se mantiene un alto nivel de incertidumbre entre las y los usuarios de las aseguradoras y prestadores institucionales e individuales, entre ellos un gran número de médicos y médicas.
En este sentido, queremos reiterar nuestra preocupación y solicitud a las autoridades pertinentes de lograr una respuesta equilibrada, que permita el cumplimiento del fallo en forma gradual, sin afectar a beneficiarios ni a prestadores individuales e institucionales.
Es por ello que como Colegio Médico el día 30 de mayo presentamos a la Comisión de Salud del Senado una propuesta que incorpora en la Ley Corta el establecimiento de plazos de pago para los prestadores privados, y fortalecer la capacidad de fiscalización de la Superintendencia de Salud para su cumplimiento. Para ello, creemos fundamental que se transparente la deuda que mantienen las Isapres con los prestadores y también acelerar los tiempos en los pagos desde Fonasa.
Como Colegio Médico de Chile seguiremos instando a las autoridades por la mejor salida para esta crisis, en beneficio de las y los pacientes y de los prestadores que en este momento responden a sus necesidades en salud.
ACUERDO N°245 El H. Consejo Nacional, por 29 votos (unanimidad), acuerda aprobar la participación del Colegio Médico en el Comité Operativo Ampliado de la Norma de Calidad Ambiental para PM 2,5, del Ministerio del Medio Ambiente, representado por el Dr. Mauricio Ilabaca, presidente del Departamento de Medio Ambiente, y como, suplente, Dra. Patricia Matus, quien elaboró el metanálisis sobre PM 2,5.
Acuerdos Sesión N°035 Ordinaria de H. Consejo Nacional celebrada viernes 11 de agosto 2023
ACUERDO N°246 De conformidad con lo preceptuado por el artículo 12, letra b), del Reglamento de Sala del H. Consejo Nacional, el H. Consejo Nacional, aprobó con fecha 16.07.2023 de manera asincrónica “La propuesta Nueva constitución”
Resultados:
- Visión General: Abstención 1, Aprueba 34 y rechaza 0.
- Cuidados Paliativos: Abstención 1, Aprueba 30 y rechaza 4.
- Deber preferente: Abstención 1, Aprueba 32 y rechaza 2.
- C Y D : Abstención 2, Aprueba 31 y rechaza 2.
- Tuición ética: Abstención 1, Aprueba 28 y rechaza 6.
ACUERDO N°247 Por 26 votos a favor y 1 abstención, el H. Consejo Nacional aprueba el acta de la sesión se aprueba el acta anterior.
ACUERDO N°248 Por 27 votos a favor, 1 en contra y 3 abstenciones, el H. Consejo Nacional acuerda implementar estrategia de mindfulness a nivel nacional.
ACUERDO N°249 El H.C.N., por 28 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones, acuerda solicitar a Epistemonikos evidencias de otros tipos de intervenciones destinadas a mejorar la calidad de vida y autocuidado de los médicos.
ACUERDO N°250 El H.C.N., por 30 a favor y 1 abstención acuerda solicitar al Departamento de Formación y Acreditación, realizar un análisis sobre campos clínicos, para luego solicitar al Ministerio de Salud nos informe sobre la realidad a nivel nacional.
ACUERDO N°251 El H.C.N, por 25 votos a favor y 1 abstención acuerda solicitar a los regionales que envíen análisis sobre las brechas de infraestructura en campos clínicos, para ser presentados al M de Salud.
ACUERDO N°252 El HCN, por unanimidad (30 votos) acuerda colocar como tema de tabla para la próxima sesión la “Desmedicalización de los cargos de gestión”.
ACUERDO N°253 Se acuerda, por 22 votos a favor, 8 en contra y 1 abstención, realizar las próximas sesiones de H. Consejo Nacional del año 2023 de manera presencial.
ACUERDO N°254 El HCN acuerda revisar la propuesta presentada por el Dr. Rodrigo Julio, presidente de la Federación Médica de Chile, y esperar el informe de la Comisión de Salud, para hacer planteamientos en reunión telemática.
ACUERDO N°255 HCN vota la prórroga 1,5 hora por 22 a favor.
ACUERDO N°256 Se acuerda presentar reglamento de elecciones y luego votación electrónica.
Acuerdos Sesión N°036 Extraordinaria de H. Consejo Nacional celebrada miércoles 30 de agosto 2023
ACUERDO N°257 HCN aprueba acta anterior, por 25 votos a favor. (Dra. Viveros y Dr. Mendoza votan a mano alzada). Incorporar en la tabla de votación.
ACUERDO N°258 De conformidad con lo preceptuado por el artículo 13 de los Estatutos del Colegio Médico de Chile, en cuya virtud el Consejo Nacional tiene la facultad de dictar Reglamentos especiales para determinar las normas de elección de los miembros de la Mesa Directiva Nacional y de los Consejos Nacional y Regionales, con el voto conforme de la mayoría absoluta de los Consejeros y Consejeras Nacionales en ejercicio, el H. Consejo Nacional aprueba las siguientes modificaciones al Reglamento de Elecciones de la Orden, con las votaciones que en cada caso se indica:
1.- En el inciso final del artículo 1, sustitúyese las expresiones “Consejeros Generales por Santiago, Valparaíso o Concepción” por “Consejeros Nacionales por Santiago, Valparaíso, Concepción y Araucanía”.
Esta modificación fue aprobada por 27 votos a favor y dos abstenciones.
2.- En los artículos 10, inciso primero; 12, incisos primero y cuarto; 16; 17, incisos segundo y tercero, letra a); 18, inciso segundo; 21, inciso primero, y 31 inciso primero, incorpórese la expresión “Araucanía”, a continuación del sustantivo “Concepción”.
Aprobada por 27 votos a favor y dos abstenciones.
3.- En el artículo 5, suprímase en el inciso primero las expresiones “y dos suplentes” e incorpórase el siguiente inciso segundo, pasando los actuales incisos segundo a séptimo a ser tercero a octavo:
“Para la elección de los cinco miembros de la Comisión Nacional Electoral, cada consejero deberá emitir su preferencia por tres candidatos de la nómina que se elaborará con aquellos médicos que los mismos consejeros hubieren presentado ante la Secretaría Nacional con un día de antelación, a lo menos, a la fecha de la elección, enviando un currículum resumido del candidato. Cada Consejero deberá emitir, necesariamente, tres preferencias por distintos candidatos. Si así no lo hiciere, no se contabilizarán sus votos para la elección”.
Esta modificación fue aprobada por 23 votos a favor, 3 en contra y 2 abstenciones.
4.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 7 por el siguiente:
“La convocatoria a elecciones de Capítulos Médicos será efectuada por el Consejo Regional correspondiente, mediante un aviso publicado en uno de los diarios de mayor circulación en la capital de la región o mediante correos electrónicos, redes sociales, carteles y avisos en la sede del respectivo Consejo y en los lugares de trabajo, y en todo otro medio idóneo para dar adecuada publicidad al proceso electoral.”.
Además, en el inciso final, agrégase, entre las expresiones “ser” y “anunciada”, la palabra “siempre”.
Adoptadas estas modificaciones por 25 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones.
5.- En el inciso primero del artículo 8, sustitúyase la frase “efectuada la primera publicación a que se refiere el inciso primero del artículo 7” por “emitido el padrón a que se refiere el artículo 6”.
Aprobada esta modificación por 26 votos a favor, 3 en contra y una abstención.
6.- En el artículo 9, agrégase el siguiente inciso final nuevo:
“Además, los patrocinios podrán ser otorgados en un sitio web especialmente dedicado a este fin.”.
Aprobada por 28 votos a favor, 2 en contra y 3 abstenciones.
7.- En el artículo 13, sustitúyase el sustantivo “libro” por “registro”.
Aprobada la modificación por 28 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones.
8.- En el artículo 17, reemplázase, en el inciso tercero, la expresión “confeccionadas” por “diseñadas” y en la letra b), antepóngase a la expresión “Debajo”, que pasa a ser encabezada por una minúscula, las expresiones “Junto al cargo o”.
Aprobadas estas modificaciones por 29 votos a favor, uno en contra y 2 abstenciones.
9.- Elimínase en el inciso primero del artículo 20 la frase “y en los lugares que designare”.
Aprobada la modificación por 21 votos a favor, 4 en contra y 4 abstenciones.
10.- Elimínase en el inciso final del artículo 20 la frase “el que será firmado por el secretario de la Comisión Nacional Electoral”.
Acuerdo adoptado por 23 votos a favor, 4 en contra y 1 abstención.
11.- En el numeral 3º del artículo 20, reemplázase las expresiones “Tribunal Regional Electoral respectivo” por “Tribunal Electoral”. Asimismo, en el numeral 4º, sustitúyase las expresiones “Consejo Nacional” por “Tribunal Electoral”.
A su vez, reemplázase los artículos 23 y 24 por los siguiente:
“Artículo 23. Habrá un Tribunal Electoral que funcionará en la sede del Consejo Nacional, integrada por 5 miembros, designados por el Consejo Nacional antes de cuarenta días de iniciado el proceso eleccionario.
Este Tribunal tendrá la facultad de conocer y resolver las reclamaciones presentadas a nivel nacional o regional, de acuerdo con el presente Reglamento.
Para ser miembro del Tribunal Electoral se requiere estar inscrito en el padrón electoral a que se refiere el artículo 6 y no ser candidato a cargo alguno en las elecciones en que el Tribunal ejercerá sus funciones.”.
“Artículo 24. Las reclamaciones relativas al proceso eleccionario deberán ser presentadas ante el Tribunal Electoral, dentro de los tres días hábiles siguientes a la proclamación del Consejo Nacional o Regional, el cual deberá resolver la reclamación dentro de tercero día hábil.
En caso de que el fallo de la reclamación hiciere variar el resultado de la elección, la Mesa Directiva Nacional proclamará elegidos a los candidatos correspondientes, enviando comunicación al Consejo Regional respectivo.”.
Finalmente, derógase el artículo 25.
Modificaciones aprobadas por 22 votos a favor, 3 en contra y 2 abstenciones.
12.- En la letra c) del inciso cuarto del artículo 35, agrégase a continuación de la coma que sigue al sustantivo “seminarios” las expresiones “feriado legal”. Además, en la letra e), agrégase después de la palabra “Nacional” las expresiones “o Regional respectivo”.
Aprobadas estas modificaciones por 24 votos a favor, 2 en contra y una abstención.
Acuerdos Sesión Ordinaria N°037 H. Consejo Nacional celebrada viernes 8 de septiembre 2023
ACUERDO N°259 HCN aprueba acta anterior, por 24 votos a favor. (Dra. Viveros y Dr. Mendoza votan a mano alzada). Incorporar en la tabla de votación.
ACUERDO N°260 Por 23 votos a favor y una abstención, el H. Consejo Nacional acuerda solicitar audiencia al Presidente de la República para manifestarle nuestra preocupación y malestar por presupuesto para ejecutar los distintos desafíos sanitarios.
ACUERDO N°261 Por unanimidad, el HCN acuerda encomendar a la MDN que visite el Consejo Regional Puerto Montt con el objeto de apoyar a los médicos en el Hospital de Calbuco.
ACUERDO N°262 En relación con la decisión de la Directora del Hospital Herminda Martín de Chillán de no otorgar la asignación de responsabilidad de la Unidad de Medicina al Dr. Juan Andreu Cuello, Presidente del Consejo Regional Chillán, único médico que postuló a tal asignación, el HCN, por la unanimidad de sus miembros, acuerda:
1.- Otorgar asesoría legal institucional al Dr. Juan Andreu Cuello.
2.- Manifestar a la Ministra de Salud y a la Directora del SS Ñuble nuestro malestar por esa decisión arbitraria e ilegal.
3.- Indicar a esas autoridades que tal decisión tiene, a todas luces, visos de persecución gremial, inaceptable para nuestro gremio.
4.- Solicitar al Tribunal Nacional de Ética, en virtud de lo preceptuado por la letra d) del numeral 2° del artículo 4 del Reglamento de Tribunales de Ética del Colegio Médico de Chile, iniciar, en única instancia, un procedimiento ético en contra de la Dra. xxxxxxx, por haber infringido lo preceptuado por el artículo 66 del Código de Ética, en cuya virtud “[todo médico a quien corresponda intervenir, en virtud de sus funciones, en el nombramiento o exoneración de un colega, tanto en el sector público como en el privado, como, asimismo, en su calificación o ascenso, deberá actuar con justicia, respetando la dignidad de aquel y las normas legales vigentes]”. Se encomienda a la Secretaría Nacional del Colegio Médico recabar los antecedentes pertinentes y redactar la correspondiente denuncia que deberá ser interpuesta ante el referido Tribunal.
ACUERDO N°263 Se deja constancia de que sometida a votación la propuesta de publicación de las conclusiones provisionales de la Comisión de Verdad del Colegio Médico el lunes 11 de septiembre próximo, se rechazó tal propuesta, por lo que se esperará el informe final para su divulgación.
ACUERDO N°264 Convócase por el Consejo Nacional a elecciones generales ordinarias del Colegio Médico de Chile (A.G.) para los días 4, 5, 6 y 7 de diciembre de 2023, las que se regirán por las normas pertinentes de los Estatutos de la Orden y del Reglamento de Elecciones.
1). Llámase a elecciones directas de carácter nacional para los cargos de: Presidente, Primer Vicepresidente, Secretario Nacional, Prosecretario y Tesorero Nacional de la Mesa Directiva Nacional; Consejeros Regionales de todos los Consejos del país, elegidos en votación directa por los médicos inscritos en la jurisdicción correspondiente; seis Consejeros Nacionales en representación del Consejo Regional Santiago, dos en representación del Consejo Regional Valparaíso, dos en representación del Consejo Regional Concepción y uno en representación del Consejo Regional Araucanía, por votación directa de los médicos inscritos en la jurisdicción de dichos consejos. Todas estas elecciones se verificarán en las fechas indicadas en el numeral precedente.
2). El plazo para la inscripción de listas vence impostergablemente el día 14 de noviembre de 2023. Las listas deberán contar con el patrocinio del porcentaje de médicos que figuren en el padrón electoral que se estipula en los Estatutos y Reglamento de Elecciones.
3). Tendrán derecho a voto los médicos que figuren en el padrón electoral que se emitirá con fecha 20 de octubre de 2023, y que se encuentren con sus cuotas al día al momento de sufragar, según dispone el artículo 6 del Reglamento de Elecciones y 14 inciso primero de los Estatutos.
ACUERDO N°265 En virtud de lo establecido en el artículo 5 del Reglamento de Elecciones, el H. Consejo Nacional acuerda elegir a los siguientes médicos como miembros de la Comisión Nacional Electoral, encargada de desarrollar el proceso eleccionario:
1.- Dr. Gonzalo Ulloa Valenzuela (18 votos)
2.- Dra. Gladys Bórquez Estefó (17 votos)
3.- Dr. Gonzalo Sáez Torres (17 votos)
2.- 3.- Dr.- Felipe Puelma Calvo (15 votos)
5.- Dr. Jorge Tisné Torreblanca (8 votos)
Se deja constancia que también recibieron votos, sin ser electos, los siguientes médicos: Dra. Julia Lozano (7 votos); Dr. Jorge Rodríguez Díaz (4 votos).
ACUERDO N°266 Por 21 votos a favor y una abstención, el H. Consejo Nacional acuerda delegar en la Mesa Directiva Nacional la designación de los integrantes de los Comités de Especialistas que se encuentren pendientes a esta fecha.
ACUERDO N°267 Por unanimidad (19 votos), el H. Consejo Nacional acuerda invitar a la última sesión del actual Consejo Nacional, de enero próximo, a los dirigentes que resulten elegidos en el proceso que se desarrollará los días, 4, 5, 6 y 7 de diciembre del año en curso.
ACUERDO N°268 Por unanimidad (19 votos), el H. Consejo Nacional acuerda manifestar a la ministra de Salud su malestar por la terminación de las contrataciones a honorarios de profesionales de la salud efectuadas con ocasión de la contingencia por COVID 19, por el impacto que tal decisión tendrá en la atención de pacientes en los distintos establecimientos de salud del país.