Votación electrónica

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TENER EN CUENTA

El padrón electoral se cerrará en marzo de 2017 y deberá contener el nombre de todos aquellos médicos que se encuentren afiliados al Colegio Médico de Chile ese día.

Sólo las personas comprendidas en el padrón emitido en marzo tendrán derecho a participar en el proceso eleccionario, ya sea como candidatos, electores, patrocinantes o miembros de los Tribunales Electorales.

La convocatoria será anunciada en un diario de circulación nacional, a más tardar 5 días hábiles después de cerrado el padrón. El segundo anuncio deberá publicarse dentro de los 15 días que preceden al acto eleccionario.
El Consejo General, deberá elegir a los cinco miembros de la Comisión Nacional Electoral.

Los Consejos Regionales de Santiago, Valparaíso y Concepción deberán elegir, además de los miembros de la MDN, a los miembros del Consejo Regional (9, 7 y 7 integrantes, respectivamente) y a 6, 2 y 2 Consejeros Generales, respectivamente.

Los restantes Consejos Regionales elegirán 5 Consejeros Regionales.

A partir del tercer día hábil siguiente de efectuada la primera publicación, podrán presentarse ante el Secretario de la Comisión Nacional Electoral o ante el Secretario Regional, las listas de candidatos señalando el nombre de los apoderados de la lista y una dirección de correo electrónico en la cual se efectuarán las notificaciones que correspondan. La presentación de una lista deberá venir acompañada de la aceptación escrita del candidato, ratificada con su firma, en documento original.

Serán elegidos Presidente Nacional, Primer Vicepresidente, Tesorero General, Secretario General y Prosecretario General de la Mesa Directiva Nacional aquellos candidatos, a cada uno de estos cargos, que integren la lista que haya obtenido la mayoría absoluta de los sufragios válidamente emitidos, en votación directa de carácter nacional.

Si en la elección de Mesa Directiva Nacional ninguna lista obtuviere más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una nueva elección.

Cada día de votación se efectuará el escrutinio de todos los votos emitidos por vía electrónica. Para ello, la Comisión Nacional Electoral emitirá un certificado que contendrá el resultado de la votación electrónica, el que será firmado por el Secretario de la Comisión Nacional Electoral.