Ayuda Económica por Incapacidad Transitoria
Para médicos en ejercicio de su profesión, $ 440.000 por cada 30 días de enfermedad. Se solicita desde 16 hasta 30 días al año, y se extiende por excepción hasta 60 días. Requisitos: Certificado del médico tratante, licencia médica cuando es médico funcionario. Plazo máximo: 60 días para presentar la solicitud, desde la fecha de término de la enfermedad.
Ayuda Dental
Monto hasta $ 100.000.- Se solicita con boleta y receta que indique “tratamiento y nombre del médico”. Plazo: hasta 90 días desde la fecha de atención para cobrar.
Audífonos
Se otorga con receta del médico y boleta de compra. Se puede solicitar una vez cada dos años. El tope de la bonificación es de $100.000.-
Ayuda Lentes ópticos y/o de contactos
Tope hasta $ 100.000.- Con receta de oftalmólogo y original de boleta a nombre del afiliado u orden de reembolso de la ISAPRE, o certificado de Institución que retenga el original. Plazo: hasta 90 días desde la compra de los lentes.
Asignación Por Natalidad
Asignación de $ 240.000.-, por cada hijo que nazca, presentando certificado de nacimiento; tanto para la madre como para el padre, médicos. Plazo: hasta 90 días posterior al nacimiento.
Silla de Ruedas
Se otorga con comprobante de compra (factura o boleta). El tope de la bonificación es de $200.000.-
Bonificación Cursos y Congresos
Para Médicos becados, MGZ y Atención Primaria.
Préstamo Solidario
Según número de cotizaciones del afiliado, se debe cancelar hasta en 36 meses. La garantía se exige al retirar el Préstamo, y debe ser de la exclusiva responsabilidad del médico con cheques de su cuenta corriente, PAC o PAT.
Bonificación de medicamentos para médicos jubilados
Se otorga con receta y boleta a nombre del afiliado. Tope hasta $ 100.000.- anuales.
Cuota mortuoria
Valor 550 UF. Se cancela por una sola vez a los Beneficiarios indicados por el médico fallecido. Este derecho es el único que puede impetrarse desde el mes siguiente que se afilia el médico, inscrito el primer año de recibido.
Rescate cuota mortuoria
Orientado a médicos en situación de precariedad.
Requisitos: ser médico liberado de sus cuotas sociales con problemas de salud y/o económicos. Alternativas:
a.- Retiro Cuota Mortuoria por UF 400: Pago único e inmediato.
b.- Retiro Cuota Mortuoria por UF 450: Pagado en 2 años (24 cuotas), 18.75 UF c/u.
c.- Retiro Cuota Mortuoria por UF 500: Pagado en 3 años (36 cuotas), 13.88 UF c/u.
d.- Retiro Cuota Mortuoria por UF 550: pagada en 5 años (60 cuotas), 9.16 UF c/u.
Ayuda de viudez
Se otorga previa encuesta socio-económica y análisis de Comisión del FSG. Monto mensual: $90.000 y $ 120.000.-
Ayudas escolares (Fondo de Ayuda Escolar desde enero de 2016)
-Educación pre básica, básica y media. Tope de cobertura $ 3.000.000 anuales.
-Educación Superior, tope de cobertura arancel U. de Chile de la carrera.
SOAP
Gratis para todos los colegiados al día en Colegio y FSG. Ingresar a link en www.colegiomedico.cl
¡IMPORTANTE!
1.- Para recibir beneficios del Fondo de Solidaridad Gremial debe estar al día en las cuotas del FSG y Colegio Médico;
2.- Para la obtención de cualquier beneficio del FSG, debe haber cotizado regularmente, a lo menos, los últimos 12 meses, salvo la cuota mortuoria que se cancelará a los 30 días de afiliación, si se ha inscrito durante el primer año de recibido;
3.- Los inscritos después de un año de recibido y aquellos que tengan un período impago pueden:
- a) Cancelar período impago.
- b) Acogerse al régimen de los 45 avos (en este caso, beneficio de Cuota Mortuoria será equivalente a tantos 45 avos como años cotizados al momento del fallecimiento).
- a. Los médicos durante los primeros 3 años, becados y con 480 cotizaciones canceladas sólo pagan ½ cotización.
- Los médicos hasta los 9 años de profesión cancelan cuota rebajada.
- Los médicos desde los 10 años hasta completar 480 cotizaciones cancelan cuotas enteras.
- Los médicos con 540 cotizaciones se liberan del pago de cotizaciones y tienen derecho a optar a Rescate de Cuota Mortuoria.
Nota: Todos los médicos afiliados al FSG a partir de enero de 2016, cancelarán $1.000, por concepto del Fondo de Ayuda Escolar, (el aumento total para el 2016 será sólo de 1.9%, incluido el Fondo de ayuda Escolar).