Acreditación obligatoria de los programas de formación de especialidades médicas

685

Dra. Carmen Gloria Aylwin

Presidenta Asociación Sociedades Científicas Médicas


Estamos asistiendo a un serio retroceso en el control de calidad en la formación de especialistas, en que el 80 % de los programas de postítulo impartidos en el país no están acreditados.  En 2005, la Ley 19.937/DFL-1 estableció que la calidad de especialista se define por certificación e inscripción en el registro oficial de prestadores de la Superintendencia de Salud (SS), considerando a las universidades como entidades certificadoras de quienes egresan de “programas universitarios de formación de especialidades que se encuentren acreditados”. A su vez, registrarse como especialista en la SS, es un requisito para ingresar al Sector Público de Salud, FONASA, y un componente de Garantía de Calidad del AUGE.

El espíritu de la citada ley fue el aseguramiento de la calidad de la formación de los especialistas y, por ende, asegurar una atención de calidad a los pacientes. En este contexto, cuesta entender y es una contradicción, que las leyes 20.129 (2006) y 21.091 (2018), sobre aseguramiento de la calidad en la educación superior, consideren voluntaria la acreditación de los programas de formación de especialistas médicos.  No parece estar de acuerdo la SS  que revocó  de sus registros a 92 programas de formación por acreditación vencida.  La acreditación es un “sello de calidad” que permite entregar la certeza que los egresados de un programa cumplen con estándares mínimos para ejercer adecuadamente su especialidad y asegurar calidad en la atención sanitaria que espera la sociedad.

La comunidad médica, a través de sus instituciones, ha sido la principal impulsora de la acreditación de Centros Formadores. Los primeros requisitos de calidad en la formación de especialistas fueron introducidos en 1980, por la Asociación de Facultades de Medicina (ASOFAMECH). En 2009, con el apoyo de la Academia de Medicina del Instituto de Chile, la Asociación de Sociedades Científicas Médicas de Chile (ASOCIMED), el Colegio Médico de Chile (COLMED) y ASOFAMECH, nace la Agencia Acreditadora de Programas y Centros Formadores de Especialistas Médicos APICE, destinada a promover y garantizar la calidad del proceso formativo de los especialistas. A los nueve años cesan sus funciones al eliminarse por ley las agencias acreditadoras. APICE alcanzó un gran prestigio, desarrollando una cultura de acreditación y logró acreditar al 62% de los programas universitarios existentes.

La no obligatoriedad de acreditación subestima la responsabilidad del médico en la práctica de la medicina especializada. La Academia de Medicina, el COLMED y ASOCIMED hemos manifestado nuestra profunda preocupación por el aseguramiento de la calidad en la formación de especialistas, efectuando múltiples esfuerzos ante las autoridades para buscar fórmulas que aceleren los procesos de acreditación, enlentecidos desde que esta responsabilidad está exclusivamente a cargo de la Comisión Nacional de Acreditación (CNA). Reconocemos que esta institución ha entendido la importancia de este proceso y ha aumentado la velocidad de acreditación, sin embargo, con acreditación voluntaria hay pocos programas que se presentan al proceso. Es deber del Estado garantizar la calidad de los prestadores individuales de salud. No es posible seguir postergando por decretos la obligatoriedad de la acreditación que está pendiente desde el año 2005. Continuaremos buscando garantizar la calidad de la formación de especialistas y asegurar la atención que merecen las personas que viven en nuestro país.